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Directrices para autores/as

Derecho Público Iberoamericano es una revista semestral del Centro de Justicia Constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo. Se publica los meses de abril y octubre de cada año.

Se propone analizar el derecho público contemporáneo desde una perspectiva problemática, levantando dudas donde hay consensos artificiosos, aportando certezas donde abundan los disensos permanentes, con la convicción de que los principios de toda investigación en este ámbito son los derechos fundamentales de la persona humana y la promoción del bien común. En tal tarea, buscamos vincular a la comunidad científica nacional y extranjera promoviendo con especial empeño el análisis de las dificultades que afronta el derecho iberoamericano, sin merma de la pluralidad y del interés universal que corresponde a toda publicación científica.

Para alcanzar tales objetivos, Derecho Público Iberoamericano promueve, cultiva y difunde el estudio del derecho público desde las diversas aproximaciones científicas: dogmática constitucional, derecho internacional de los derechos humanos, teoría constitucional, filosofía jurídica y política, sociología jurídica, historia del derecho y otras disciplinas concurrentes.

La revista cuenta con cuatro secciones permanentes: “estudios”, “ensayos”, “comentarios de jurisprudencia” y “recensiones”.

Materias de interés:

    • Derechos fundamentales.
    • Justicia constitucional.
    • Organización política.
    • Derecho administrativo.
    • Regulación económica.
    • Otras disciplinas concurrentes: Derecho tributario, derecho económico, derecho ambiental, derecho eléctrico, derecho de aguas, etcétera.

Perspectivas de interés:

    • Dogmática jurídica.
    • Teoría del Derecho.
    • Evaluación práctica.
    • Análisis jurisprudencial.
    • Sociología jurídica.
    • Historia del Derecho.
    • Filosofía jurídica y política.
    • Otras ópticas concurrentes.

Tipos de colaboración:

    • Artículos de doctrina.
    • Monografías.
    • Ensayos.
    • Comentario de jurisprudencia.
    • Comentario de problemas jurídicos.
    • Recensiones o reseñas bibliográficas.

Normas para la redacción de los trabajos:

1. Los trabajos deben ser inéditos y originales. Serán escritos en español, salvo que la filiación académica del autor sea diversa, en cuyo caso el manuscrito se publicará en el idioma correspondiente. No se considerarán originales las traducciones al español de artículos ya publicados en otro idioma.

2. Los estudios o artículos científicos deberán ir encabezados con un título en español e inglés, un resumen en español e inglés de no más de ciento cincuenta palabras, y de entre tres y cinco palabras clave, en ambos idiomas. Este recurso es obligatorio tratándose de estudios y ensayos.

3. El nombre del autor se indicará bajo el título. A pie de página se mencionarán el título profesional, los grados académicos y la universidad o institución a la que pertenece y correo electrónico. En casos de tener varios grados académicos, se indicará el más alto.

4. Los manuscritos deben ser redactados en tipografía Times New Roman, tamaño 12 con interlineado de 1,5 para el texto y 10 para las notas con interlineado de 1,15, en hoja tamaño carta. La extensión, incluyendo citas, tablas y gráficos, debe oscilar entre las siete mil y diez mil palabras como máximo.

Referencias bibliográficas:

1. Las referencias bibliográficas a pie de página serán abreviadas, con la finalidad de no abultar en demasía el texto. Se indican sólo tres elementos: autor –nombre y apellidos (los apellidos en versales)–, título de la obra (cursiva si es libro, y “entre comillas” si es artículo), y página citada.

  • Ejemplo: Jesús González Pérez, El principio general de la buena fe en el Derecho Administrativo, p. 46.

Las referencias jurisprudenciales se indicarán del modo que sigue:

  • Tribunal/ (año de dictación); Rol/, considerando o párrafo citado.

Si la identidad de las partes es relevante para la identificación de la sentencia, podrá también ser agregada, a continuación de la identificación del tribunal y antes del año de dictación.

Tratándose de tribunales extranjeros o internacionales, la referencia a pie de página podrá hacerse de acuerdo al uso oficial o común de cada tribunal reconocido en la comunidad científica, como es el caso, por ejemplo, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos o del Tribunal Constitucional español.

2. La referencia completa de las obras citadas se hará al final del trabajo bajo el título Bibliografía.

Si se trata de un libro, se sigue el siguiente orden: Autor (es), sea institución o persona (nombre en letra redonda, apellidos en versales), Titulo de la publicación (en cursiva) / (Edición, si no es la primera, Lugar de publicación, Editorial, Año de publicación, vol. o vols. –sin indicar el número de páginas.

  • Ejemplo: Jesús González Pérez, El principio general de la buena fe en el Derecho Administrativo, 2ª ed., Madrid, Civitas, 1983, vol. iii.

Si es una traducción puede indicarse así:

  • Ejemplo: Philippe Le Tourneau, La responsabilidad civil, traducción de Javier Tamayo Jaramillo, Bogotá, Editorial Legis, 2004.

Si se trata de un artículo dentro de un libro: Autor(es) del artículo (nombre en letra redonda, apellidos en versales) / “Título del artículo” (entre comillas) / seguido de la palabra ‘en’ indicación de nombre y apellidos del editor (ed.), coordinador (coord.) o director (dir.) / Título del libro (en cursiva) / Número de edición, si no es la primera, Lugar de publicación, Editorial, Año de publicación.

  • Ejemplo: Elena Vicente Domingo, “El daño”, en L. Fernando Reglero Campos (coord.), Tratado de responsabilidad civil, 3ª ed., Madrid, Editorial Aranzadi, 2006.

Si se trata de un artículo de revista: Autor(es) del artículo (nombre en letra redonda, apellidos en versales) /, “Titulo del artículo” (en redondas y entre comillas) / seguido de la palabra ‘en’ Nombre de la revista (en cursivas), año, vol. y Nº (cuando corresponda) / Ciudad /Año.

  • Ejemplo: Andrés Bernasconi Ramírez, “El carácter científico de la dogmática jurídica”, en Revista de Derecho, año 2, vol. xx, Nº 1, Valdivia, 2007.

En cuanto a las referencias ya citadas: por regla general se identifican por apellido del autor (en versales), las dos primeras palabras de la obra, puntos suspensivos (en cursivas si es libro o entre comillas si es “artículo”), op. cit. y página, o simplemente apellido (en versales) y op. cit., cuando corresponda.

  • Ejemplos:
    • González Pérez, El principio..., op. cit.
    • Bernasconi Ramírez, “El carácter...”, op. cit., p. 35.
    • Le Tourneau, op. cit.

En el caso que la obra o documento citado se reitere inmediata y sucesivamente, basta con colocar ibid. u op. cit. y página, según corresponda.

Si se trata de un documento en formato electrónico: Autor(es) (nombre en letra redonda, apellidos en versales) / Titulo (en cursiva si es libro y entre “comillas” si es artículo), año de publicación / Disponible en: Dirección electrónica completa. [Fecha de consulta: ...].

Si se trata de jurisprudencia: Tribunal / (Año de dictación): Rol / Fecha de la sentencia. Sede de edición o publicación y responsable de la misma, o la fuente electrónica donde se ubica.

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